La sentencia señala que la acusada se encontraba “en el pleno y correcto ejercicio de los derechos y obligaciones derivados de la patria potestad”
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Almería ha absuelto a una madre para la que la Fiscalía pedía nueve meses de prisión por un delito de malos tratos en el ámbito familiar. El magistrado titular ha considerado probado que el pasado 28 de febrero una madre se encontraba en el hogar familiar con su hijo de 15 años, que se encontraba jugando con el móvil y dado que su hijo “no quería dejar de jugar con el móvil y ponerse a estudiar, se lo quitó, si bien para ello, ante la negativa violenta del menor tuvo que forcejear levemente con él”.
En la sentencia se considera que los hechos probados no son constitutivos de un delito de malos tratos. Así, recuerda que la Ley y las reformas penales “viene a proteger de forma extrema a los más débiles y desprotegidos de la familia, por los ataques psíquicos y físicos que pudieran ser objeto víctima por parte de otros miembros del clan familiar, que en un primer momento se pueden aprovechar de una injusta situación predominante”.
Pero que en este caso, “es evidente que la acusada se encontraba en el pleno y correcto ejercicio de los derechos y obligaciones derivados de la patria potestad, sin que en momento alguno se extralimitase en ello”. Es más, señala la resolución, “sería responsabilidad de la madre el haber dejado a su hijo jugando con el móvil y no hacerlo estudiar, pues entre esas obligaciones que se establecen en el Código Civil derivadas de la patria potestad está la de preocuparse por la educación de los hijos, que es precisamente lo que hizo la acusada en la acción enjuiciada, sin utilizar rigor innecesario alguno para ello”.