Se subvencionará la contratación de personas inscritas como desempleadas, para sustituir a personas trabajadoras por cuenta ajena o personas socias trabajadoras o socias de trabajo de sociedades cooperativas, que se hayan acogido a una excedencia o reducción de jornada para el cuidado de: hijos o hijas, y familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria, con los que guarden la relación de parentesco.
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