La Dirección General de Tributos se pronuncia acerca de la tributación de las sociedades civiles y comunidades de bienes, tras las novedades previstas para enero de 2016.

Publica 22 consultas vinculantes resolviendo dudas acerca de la nueva tributación, a partir del 1 de enero de 2016, de las sociedades civiles y comunidades de bienes.

La novedad en la tributación de las sociedades civiles que tengan objeto mercantil de que a partir del 1 de enero de 2016, pasarán a tributar por el Impuesto sobre Sociedades , en vez de seguir tributación a través del régimen de atribución de rentas.

 

Tras las numerosas dudas que han generado estas novedades, la Dirección de Tributos (DGT) a publicado 22 consultas vinculantes,  resolviendo diferentes supuestos de tributación de sociedades civiles y comunidades de bienes.

De las 22 consultas dictadas por la DGT, se puede llegar a la conclusión de que, en la gran mayoría de ellas, si se trata de una comunidad de bienes, este órgano entiende que no serán consideradas contribuyentes por el Impuesto sobre Sociedades, por lo que seguirán tributando en régimen de atribución de rentas, mientras que cuando se trata de sociedades civiles, distingue si las mismas tienen o no objeto mercantil.

En cualquier caso en Bizkaia, de momento, no se ha modificado nada al respecto con lo que la tributación de las sociedades civiles seguiría como hasta ahora.

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