1. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.
Desde el 1 de enero de 2016 se reduce del 19,5% al 19% el tipo de retención a practicar sobre los
siguientes rendimientos:
• Rendimientos del capital mobiliario
• Ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y
participaciones de instituciones de inversión colectiva.
• Arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos
• Premios en metálico
• Rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia
técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, y del subarrendamiento sobre los
bienes anteriores y los procedentes de la cesión del derecho a la explotación del derecho de
imagen.
2. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Con efectos a partir del 1 de enero de 2016, se reduce el tipo general de retención al 19%.
Este tipo del 19% se aplica también:
• Arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos
• Ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y
participaciones de instituciones de inversión colectiva.