HABE y Lanbide firman un acuerdo para que las personas desempleadas puedan aprender euskera y así mejorar su empleabilidad

La consejera de Empleo y Políticas Sociales, Beatriz Artolazabal, y el consejero de Cultura y Política Lingüística, Bingen Zupiria, han presentado hoy en Donostia-San Sebastián el acuerdo entre Lanbide y HABE para facilitar el aprendizaje de euskera a personas en situación de desempleo. Este proyecto piloto, dirigido a personas que están desarrollando cursos a través de Lanbide, pretende mejorar la empleabilidad de las personas desempleadas, así como incidir en la apuesta del Gobierno Vasco por ofrecer el mayor número de facilidades a la hora de aprender euskera.

Según El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo sólo es posible espiar el correo electrónico de los trabajadores con aviso previo

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH), dando respuesta a la apelación de un ciudadano de Rumanía -Bogdan Barculescu-, que había sido despedido por usar la mensajería del trabajo para enviar correos personales, considera en una reciente sentencia que la empresa había violado los derechos de los europeos protegidos por el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos.

Para Estrasburgo en horario laboral las empresas pueden espiar el correo electrónico de sus trabajadores, u otras aplicaciones de mensajería, pero para ello es absolutamente necesario contar previamente con el conocimiento del trabajador.

Para el TEDH, el fallo no significa que la empresa no tenga potestad para revisar las comunicaciones profesionales de sus empleados o despedirlos en caso de detectar la utilización de recursos de la empresa con fines personales. La clave es que «la vigilancia vaya acompañada de garantías adecuadas y suficientes contra los abusos», por lo que es imperativa una advertencia del empleador «antes de que se inicie la vigilancia, en particular si afecta al contenido de las comunicaciones de los empleados».

El juez absuelve a una madre de un delito de lesiones por dar una bofetada a su hijo

El magistrado entiende que el comportamiento del chico, al negarse a obedecer a su madre y al arrojar al suelo un móvil, “no solo muestra desprecio hacia la autoridad materna, sino también hacia el esfuerzo y trabajo que supone ganar un salario con el que adquirir bienes”

El Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña absuelve a una madre que había sido acusada de dos delitos de lesiones leves en el ámbito familiar por haber dado un bofetón a un hijo de once años y haberle arañado en el cuello para evitar que el menor se marchase de casa.

El magistrado entiende que el comportamiento del chico, al negarse a obedecer a su madre y al arrojar al suelo un móvil, “no solo muestra desprecio hacia la autoridad materna, sino también hacia el esfuerzo y trabajo que supone ganar un salario con el que adquirir bienes”. Y además incurre en el acto de violencia que supone arrojar el teléfono. No estamos ante una discusión de razonamientos en la que se pueda intentar argumentar contra los razonamientos del contrario. Estamos ante una clara exhibición por parte del menor de una actitud de “síndrome de emperador” que únicamente busca humillar y despreciar a su madre”.

Con respecto al segundo incidente, cuando la mujer sujeta al menor para evitar que se vaya de casa, sostiene la sentencia que “no solo está totalmente justificado que la acusada trate de evitar que su hijo salga de casa. Es que no existe la más mínima intencionalidad de la acusada en lesionar a su hijo, solo de agarrarlo”.