A efectos de la protección frente al despido, el periodo de tratamiento por fecundación in vitro es equiparable a la situación de embarazo.

El TSJ ratifica así la sentencia de instancia que declaraba la nulidad del despido y obligaba a la empresa demandada a readmitir a una trabajadora despedida mientras estaba sometiéndose a un tratamiento de fecundación ‘in vitro’.La sentencia declara la nulidad del cese al tener sospecha de que el despido de la trabajadora, se pudo producir por esta causa.

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