Diferentes sentencias reconocen la nulidad de cláusulas suelo aplicadas en contratos hipotecarios de pymes

En diversas sentencias dictadas por Juzgados de Primera Instancia o Audiencias Provinciales llegan a la conclusión de si la entidad bancaria no puede probar que la hipoteca ha sido negociada y que las condiciones no estaban predispuestas por la misma, aunque se trate de un adherente no consumidor (una empresa), la cláusula suelo será nula. Por tanto se abre la posibilidad de reclamación por parte de las empresas aunque la posibilidad de que prosperen la demandas es menor que en el caso de consumidores particulares.

Deja un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *